
Cualquier modificación al Plan de Estudios a realizar en el extranjero por el alumno, deberá ser autorizada por el tutor y aprobada en la Subcomisión de Internacional de la COA.
En ningún caso podrán borrarse del LA asignaturas que se hubiesen suspendido previamente en la Universidad de Destino.
El plazo de modificacióndel LA es de 1 mes desde el inicio de las clases de cada semestre (1 de octubre y 1 de marzo).
Procedimiento de Modificación del LA: el alumno debe hacer llegar a la ORI de la ETSII el documento de Modificaciones al LA debidamente cumplimentado y firmado por él, por la escuela de destino y por el tutor de la especialidad de la ETSII dando el visto bueno al cambio. Sin este documento y sin estas tres firmas las modificaciones no tendrán validez. Los documentos escaneados son válidos. Es responsabilidad del alumno notificar y solicitar los cambios al tutor de la Escuela (puede hacerse por correo electrónico), la ORI no podrá en ningún caso enviar estos documentos al tutor para su firma.
Certifiado de Incorporación: El alumno deberá entregar el Certificado de incorporación en plazo y forma si así lo requiriese el Rectorado para el pago de alguna beca.